Incumbencias, alcances y actividades reservadas al título: significados en disputa

Autores/as

  • Cecilia Hidalgo
  • Carmen Viale

Palabras clave:

Incumbencias de la Antropología, Alcances del título, Actividades reservadas exclusivamente al título, Coproducción de conocimiento

Resumen

La preocupación por la formación de profesionales preparados para hacer, actuar, articular e integrar contenidos en un mundo social y laboralmente cambiante e incierto no es una novedad para las instituciones universitarias. La discusión acerca de un conjunto de conceptos relacionados con el de “Incumbencia profesional” ilustra de manera ejemplar esta preocupación pues concierne a la articulación de la universidad con el mundo del trabajo, a los vínculos que las instituciones académicas mantienen con el entorno social más próximo y que se traducirán en cómo se impulsan revisiones de aspectos curriculares claves y de la estructura organizativa académica en su conjunto. Tal discusión ha tomado nuevo impulso a partir del rechazo por parte de la Universidad de Buenos Aires (31/05/18) y la UTN de la reciente resolución 1254/18 del Ministerio de Educación que modiica las incumbencias de las carreras de interés público. La resolución 1254/2018, avalada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), pretende precisar lo que se entiende por “alcances” y “actividades profesionales reservadas exclusivamente” de un título universitario, y reduce el número de estas últimas. En este trabajo proponemos un repaso de la discusión y sus antecedentes, con foco en los distintos significados atribuidos a la distinción que lograra introducir Emilio Fermín Mignone en la Ley de Educación Superior de 1995 entre “alcances” y “actividades reservadas” con la idea de que con ellos se superaría la ambigüedad de la noción de “incumbencia”. Una clarificación conceptual y normativa es urgente como condición para avanzar en consensos sobre la problemática específica de las Incumbencias Profesionales que corresponden a la antropología. Sostenemos que el establecimiento de criterios a tomar en cuenta a la hora de diseñar un marco jurídico o legal dentro del cual se ha de desenvolver el ejercicio profesional es de competencia de un conjunto amplio de agentes institucionales relevantes (los distintos claustros universitarios, la academia, las asociaciones profesionales, entre otros) y no solo de los organismos ministeriales. Sin una co-producción de tales criterios, las distintas propuestas unilaterales seguirán condenadas al rechazo.

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Publicado

10-04-2022

Número

Sección

Artículos de investigación